Guía Legal: Asambleas de Copropietarios y Quórums según la Ley N° 21.442
Todo lo que necesitas saber sobre las asambleas de copropietarios, quórums y procedimientos según la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442.
Guía Legal: Asambleas de Copropietarios y Quórums según la Ley N° 21.442
Con la entrada en vigencia de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria N° 21.442 (13 de abril de 2022), se introdujeron cambios relevantes en la regulación de las asambleas de copropietarios en Chile.
Estas modificaciones impactan directamente en la forma en que se organizan los condominios y comunidades, especialmente en los quórums necesarios para sesionar y adoptar acuerdos válidos.
En esta guía encontrarás una explicación clara y práctica del nuevo marco legal.
¿Qué es una Asamblea de Copropietarios?
La asamblea de copropietarios es el máximo órgano de decisión dentro de un condominio.
Está conformada por todos los propietarios de las unidades y tiene facultades para decidir sobre:
- Uso y administración de bienes comunes
- Mantenimiento general del condominio
- Seguridad y fiscalización de deberes y derechos de copropietarios y residentes
📌 Fundamento legal: artículo 13 de la Ley N° 21.442.
Tipos de Asambleas de Copropietarios
🔹 Asamblea Ordinaria
Se celebra al menos una vez al año.
Su finalidad principal es que el administrador informe sobre la gestión anual.
En esta sesión se debe:
- Presentar y aprobar el balance anual
- Informar sobre cuentas bancarias, seguros y gastos comunes
- Elegir o renovar al comité de administración
- Nombrar o remover al administrador o subadministrador
- Revisar planes de emergencia y simulacros
📌 Base legal: artículo 14, inciso primero.
🔹 Asamblea Extraordinaria
Se convoca cuando las necesidades del condominio lo exijan.
Puede solicitarla:
- El comité de administración
- Copropietarios que representen al menos un 10% de los derechos
Importante: Solo se pueden tratar los temas incluidos en la citación.
📌 Base legal: artículo 14, inciso quinto.
Quórums para Sesionar y Tomar Acuerdos
Materias tratadas | Quórum para constituirse | Quórum para adoptar acuerdos |
---|---|---|
Rendición de cuentas, designación del comité, remoción del administrador, reportes de seguridad, contratación de seguros, otros asuntos generales | Asistencia de copropietarios que representen al menos el 33% de los derechos | Mayoría absoluta de los asistentes (51%) |
📌 Los acuerdos obligan a todos los copropietarios, incluso a quienes no asistieron.
¿Qué pasa si no se alcanza el quórum?
Si no se logra el quórum para sesionar o tomar acuerdos, cualquier copropietario o el administrador pueden recurrir al juez, conforme al artículo 44 de la Ley N° 21.442.
Diferencias entre la Ley Antigua y la Ley Actual
Aspecto | Ley N° 19.537 (derogada) | Ley N° 21.442 (vigente) |
---|---|---|
Primera citación | 60% de los derechos del condominio | No aplica |
Segunda citación | Con los asistentes presentes | Eliminada, solo una única citación |
Constitución de la asamblea | Primera o segunda citación con distintos quórums | Sesiona con al menos el 33% en única citación |
Toma de acuerdos | Mayoría absoluta de los asistentes | Mayoría absoluta de los asistentes (51%) |
✅ Con la nueva ley, el proceso se simplifica: se elimina la doble citación y se facilita la toma de decisiones comunitarias.
Aspectos Prácticos Importantes
Procedimiento de Citación
- Plazo mínimo: 15 días hábiles antes de la asamblea
- Medios de notificación:
- Aviso en lugar visible del condominio
- Comunicación personal o por correo certificado
- Email (si está autorizado en el reglamento)
Documentación Requerida
- Acta de la asamblea anterior
- Balance anual (para asambleas ordinarias)
- Orden del día detallado
- Lista de asistencia con porcentajes de derechos
Validación de Acuerdos
Los acuerdos adoptados en asamblea válidamente constituida son obligatorios para todos los copropietarios, independientemente de su asistencia.
Casos Especiales
Acuerdos que Requieren Mayorías Especiales
Algunas materias específicas pueden requerir mayorías calificadas:
- Modificación del reglamento de copropiedad: 2/3 de los derechos
- Enajenación de bienes comunes: mayoría absoluta de todos los copropietarios
- Constitución de servidumbres: acuerdo unánime
Representación en Asambleas
Los copropietarios pueden:
- Asistir personalmente
- Designar representante mediante poder notarial
- Votar por escrito en materias específicas (si está permitido en el reglamento)
Importancia de Conocer la Ley de Copropiedad Inmobiliaria
Tanto propietarios como administradores deben comprender estas reglas para:
- Evitar acuerdos inválidos por falta de quórum
- Cumplir con las obligaciones legales en la administración
- Tomar decisiones informadas y ajustadas al marco vigente
Recomendaciones Prácticas
Para Administradores
- Documenta todo: Mantén registros detallados de citaciones y asistencias
- Calcula porcentajes: Verifica que se alcance el 33% mínimo antes de iniciar
- Prepara material: Ten toda la documentación lista y accesible
- Facilita la participación: Considera horarios y modalidades que favorezcan la asistencia
Para Copropietarios
- Participa activamente: Tu presencia es importante para alcanzar quórums
- Revisa la documentación: Solicita información previa a la asamblea
- Ejerce tus derechos: Puedes solicitar asambleas extraordinarias si es necesario
- Cumple los acuerdos: Los acuerdos válidos son obligatorios para todos
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Conclusión
La Ley N° 21.442 simplificó significativamente el proceso de asambleas de copropietarios, eliminando la complejidad de la doble citación y estableciendo quórums más accesibles. Sin embargo, es fundamental conocer y aplicar correctamente estas normas para garantizar la validez de los acuerdos adoptados.
La participación activa de los copropietarios y la correcta aplicación de los procedimientos legales son la base para una administración eficiente y transparente de los condominios.
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