Introducción
La cesión de derechos hereditarios es el acto mediante el cual un heredero transfiere, total o parcialmente, los derechos que le corresponden sobre una herencia a un tercero, que puede ser otro heredero o una persona externa a la sucesión.
Este mecanismo es especialmente útil para resolver conflictos y evitar litigios que podrían disminuir el valor final de la herencia. En el caso de bienes raíces, la formalización adquiere particular relevancia, ya que implica la inscripción del acto en el Conservador de Bienes Raíces.
Concepto y Naturaleza de la Cesión de Derechos Hereditarios
1. Definición
- Cesión de Derechos Hereditarios: Es el acto jurídico por el que un heredero (cedente) transfiere a un tercero (cesionario) la totalidad o parte de los derechos que le corresponden sobre la herencia, ya sea de forma gratuita u onerosa.
2. Naturaleza Jurídica en el Contexto de Bienes Raíces
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Doctrina del Bien Raíz:
Según la teoría propuesta por don José Ramón Gutiérrez, la naturaleza de la herencia dependerá de la existencia de bienes inmuebles.- Si la herencia se compone exclusivamente de bienes muebles, la transmisión se efectúa por la simple tradición, similar a una compraventa.
- Si la herencia incluye bienes raíces, se requiere la formalización mediante escritura pública y la posterior inscripción en el Conservador de Bienes Raíces para transferir el dominio de forma efectiva.
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Recomendación Práctica:
Aunque existe otra doctrina que sugiere tratar la herencia bajo las normas generales de tradición, se recomienda utilizar el procedimiento de escritura pública e inscripción para garantizar mayor seguridad jurídica, sobre todo en operaciones que involucren bienes inmuebles.
Formalidades y Requisitos para la Cesión en el Ámbito Hereditario
1. Condiciones Previas
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Defunción del Causante:
La cesión solo es válida si el causante (persona fallecida) ha dejado constancia de su muerte; de lo contrario, se incurre en nulidad absoluta. -
Capacidad y Consentimiento de las Partes:
- Las partes deben tener la capacidad legal para actuar.
- En caso de que alguna de las partes sea menor o se encuentre en situaciones especiales (por ejemplo, matrimonio bajo sociedad conyugal), se requerirá la autorización judicial o la firma del cónyuge, según corresponda.
2. Documentación Requerida
Para formalizar la cesión se debe presentar, entre otros documentos:
- Certificado de defunción del causante.
- Certificados de nacimiento de los herederos.
- Documento de posesión efectiva (si ya ha sido tramitado).
- Títulos de dominio e inscripciones de las propiedades que integran la herencia.
- Otros documentos que puedan ser necesarios en función de particularidades (por ejemplo, autorizaciones para la venta de derechos sobre bienes de menores).
3. Formalización del Acto
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Escritura Pública:
Dado que el Conservador de Bienes Raíces solo admite escrituras públicas, la cesión de derechos que involucre inmuebles debe formalizarse mediante este instrumento. -
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces:
La escritura pública debe ser inscrita, citando en ella la inscripción especial de herencia si esta hubiese sido realizada anteriormente. Solo con la inscripción se efectúa la tradición y, en consecuencia, la transferencia del dominio.
Efectos y Facultades del Cesionario
1. Efectos Jurídicos
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Sustitución del Cedente:
El cesionario ocupa el lugar jurídico del cedente, adoptando todos los derechos y obligaciones derivados de la herencia. No se adquieren derechos directamente del causante, sino que se transmite la posición hereditaria. -
Facultades del Cesionario:
- Solicitud de Posesión Efectiva: En caso de que aún no se haya gestionado, el cesionario puede solicitar la posesión efectiva de la herencia.
- Modificación de la Posesión Efectiva: Si fuera necesario, el cesionario puede gestionar la modificación de la posesión ya establecida.
- Partición de la Herencia: Podrá pedir la división y partición de la herencia.
- Otras Acciones: Iniciar acciones para la petición formal de la herencia, solicitar la reforma de un testamento, medidas conservativas de la masa hereditaria, o la designación de un administrador, entre otros.
Procedimiento Práctico para la Cesión de Derechos de Bien Raíz en Herencias
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Verificación de la Defunción y Capacidad de las Partes:
Asegurarse de que el causante ha fallecido y de que tanto cedente como cesionario tienen la capacidad legal para actuar, obteniendo las autorizaciones judiciales necesarias si aplica. -
Recolección de la Documentación:
Reunir todos los documentos requeridos, como el certificado de defunción, certificados de nacimiento, títulos de dominio, y la posesión efectiva, entre otros. -
Elaboración de la Escritura Pública:
- Redactar la minuta en la que se detalle la cesión de derechos hereditarios, especificando si la operación es a título gratuito o oneroso.
- Verificar que la individualización del bien raíz coincida con los datos registrados en el Conservador de Bienes Raíces.
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Firma y Protocolización:
Las partes deberán comparecer ante un notario para firmar la escritura pública, en la que se formalicen todos los acuerdos y cláusulas pactadas. -
Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces:
- Presentar la escritura pública en el Conservador de la comuna correspondiente.
- Resolver eventuales reparos que el Conservador pudiera detectar, a fin de obtener la inscripción definitiva, la cual efectúa la tradición y la transferencia del dominio.
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Efectos y Ejecución:
Una vez inscrita la cesión, el cesionario podrá ejercer todas las facultades inherentes a su nueva posición, tales como solicitar la posesión efectiva, la partición de la herencia y cualquier otra acción que le corresponda.
Asesoría Legal Cesión de Derechos
Para brindar certeza y evitar futuras controversias, es fundamental formalizar el acuerdo mediante escritura pública e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de la comuna del bien respectivo.
Las partes pueden acordar términos particulares en la cesión, siempre y cuando se respeten las disposiciones legales vigentes y se salvaguarden los derechos de todos los involucrados. Esta flexibilidad permite adaptar el acuerdo a las necesidades específicas de cada situación, facilitando soluciones personalizadas sin comprometer la seguridad jurídica del proceso.
Aunque no es obligatorio, es aconsejable contar con un abogado para asegurar que el contrato que se realice proteja tus intereses.
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